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No privéis de la libertad a los pájaros…

En la imagen vemos la obra “El Jilguero”, del pintor holandés Cornelius Fabritius, fechado en 1654. Fue discípulo de Rembrandt y maestro de Veermer. Posiblemente, este pequeño lienzo (pues el pajarillo está pintado a tamaño real), fue su última obra. Ese mismo año, el 12 de octubre, moría en la explosión del polvorín de Delft, que destruyó casi una tercera parte de la cuidad, su casa y su taller, perdiéndose todas sus pinturas.

Fueron los holandeses los que iniciaron la pintura de aves, cuya temática denominaban “Conciertos de pájaros”. Algunos investigadores consideran que son una alegoría del sentido del oído, otros de la sabiduría. Paralelamente a su simbología, nadie niega su extraordinario colorido y su estética. Pero su contemplación no está exenta de inquietud, recelo e incluso desasosiego. Me pregunto si estas sensaciones no derivan de la famosa obra maestra de Alfred Hitchcock, “Los pájaros”.

Los pájaros son elementos ampliamente representados a lo largo de la Historia del Arte, aunque normalmente pasan totalmente desapercibidos: desde el Arte Egipcio hasta Miró y el Arte Contemporáneo, pasando por Rafael, Correggio o Murillo.

Según un informe de la Sociedad Española de Ornitología, la población de gorriones ha caído un 21%, en los últimos diez años, es decir, nos faltan 30 millones de esos pequeños pajarillos, presencia a la que estamos tan acostumbrados.

Llama la atención que, ya en pleno siglo XXI, no protejamos debidamente a aquellos con los que compartimos nuestro planeta, aunque nos jactamos de hablar continuamente de la preservación del medio ambiente.

A finales del siglo XIX se aprobaba la “Ley de 19 de septiembre de 1896 por la que se dictan normas para la protección de los pájaros”. La firmaba la reina María Cristina de Habsburgo, regente de Alfonso XIII, pues el rey era menor de edad. En ella prohibían cazar a “las aves de rapiña, los tordos y los demás pájaros de menor tamaño” y  no se permitía transportar a más de dos ejemplares. Las infracciones eran duras, y contra estas denuncias no se admitían “pruebas en contrario”. Se multaban a quieres retenían o maltrataban a estos animales, o a quienes los transportaban, vivos o muertos, así como se prohibía su venta. Aunque las multas más elevadas eran por destruir los nidos de los pajarillos. Así la primera vez sería de 5 pesetas, la segunda vez de 5 a 10 pesetas, la tercera de 10 a 20 pesetas. Si se delinquía por cuarta vez se consideraba “reo de daño” y era entregado a los Tribunales. Las resoluciones eran inapelables, presentadas por los Jueces Municipales, que fallaban en el plazo máximo de cinco días. Los padres eran los responsables civiles y subsidiarios de sus hijos menores.

Los útiles que empleó el infractor para cazar o martirizar al animal se quemaban y/o destruían en su presencia. Si eran armas de fuego, se debía abonar 25 pesetas para recuperarla.  

Todos los pájaros que intervenía la Autoridad se soltaban, comprobando si estaban en condiciones de recobrar la libertad.

Para concienciar a los ciudadanos, su artículo 2º obligaba a poner un cuadro en las puertas de los Ayuntamientos y en las puertas de las Escuelas. De estos “carteles”, realizados con azulejos, existen numerosos testimonios que pasan, como los pajarillos, desapercibidos. En ellos se leía:

«Niños, no privéis de la libertad á los pájaros; no los martiricéis y no les destruyáis sus nidos. Dios premia á los niños que protegen á los pájaros, y la ley prohíbe que se les cace, se destruyan sus nidos y se les quiten las crías.»

¿Cuánto hemos involucionado?

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